Es lo que se conoce como litigar en causa propia, posibilidad que está contenida en el artículo 33 del Código Procesal del Trabajo: Con fundamento en los hechos expuestos, muy comedidamente solicito al señor juez, que previo el registro de mi personería para comportarse como apoderado de la parte demandante. https://mnobookmarks.com/story19826179/acerca-de-demanda-laboral-honduras